En razón de lo expuesto, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, emite los siguientes pronunciamientos:
Primero: ADMITE el recurso de apelación ejercido por el abogado Andrés Eloy Castillo, en su condición de defensor del ciudadano Morales Cabriles Deiker Miguel, contra la decisión dictada el 4 de mayo del corriente, y fundamentada ese mismo día, por el Juzgado Vigésimo de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó medida de privación judicial preventiva de libertad, en contra del ciudadano antes mencionado, conforme lo preceptuado en los artículos 250.1.2.3 y 251.2 y 252, todos del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de Robo Agravado, sancionado en el artículo 458 del Código Penal. En consecuencia, se procederá dictar la resolución que corresponda sobre el fondo del asunto planteado dentro.....