III
D E C I S I Ó N
En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción celebrada entre la parte demandada entidad de trabajo CONSTRUCCIONES Y MANTENIMIENTO OCOPI, C.A. Y OTROS y la parte actora ciudadanos ANGEL ARTURO LARA LLOVERA Y ELY RAFAEL LARA LLOVERA, titulares de las cédula de identidad Nrs V- 12.953642 y 14.327.911, respectivamente, en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, dejando expresa constancia que solo quedan homologados los conceptos de carácter laboral, salvo del desistimiento de la acción. ASÍ SE ESTABLECE.-
El Juez Titular
El Secretario
Abg. Aníbal F. Abreu Portillo.
Abg. Jimmy Perez.
Se publica y se registra la presente decisión en esta misma fecha 05/08/2015
El Secre.....