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DISPOSITIVO
Por todas las razones expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: IMROCEDENTE la impugnación de la cuantía, efectuada por la parte demandada. En consecuencia, queda firme la estimación de la demanda realizada por la parte demandante.
SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha dos (2) de marzo de dos mil quince (2015), por la abogada OMAIRA OCAÑA, en su condición de apoderada judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO intentara la ciudadana DIANA MARÍA MORALES MUHLENMAN contra el ciudadano LUIS GERMAN .....