Definitivamente firme como ha quedado la sentencia de fecha 30 de mayo de 2016, en donde se ordenó la rectificación del Acta de Matrimonio inserta en el Libro de Matrimonios llevado por la Oficina de Registro Público del Municipio Rafael Urdaneta, Cúa, Estado Miranda, bajo el Nº 09, de fecha18 de enero de 1995, donde se evidencia el haberse cometido la transcripción errónea en dicha acta al colocar el nombre del padre de la solicitante y su esposo como "REINALDO DE BERARDINIS y SILVIA ROSA BASTIDAS" siendo lo correcto "RINALDO DE BERARDINIS y SILVIA ROSA SERRANO BASTIDAS", se decreta su ejecución.