Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, y por las razones que han sido expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO POR DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN, correspondiente al Recurso Contencioso Tributario interpuesto por el ciudadano Sebastián González, titular de la cédula de identidad Nº 6.293.559, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 37.650, actuando en su carácter de apoderado judicial de la contribuyente "DALI JOYAS, S.A.", inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el Nº 31, Tomo 6-A-Qto, en fecha veinticinco (25) de octubre de 1995.
COSTAS: No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la presente decisión.