En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Civil (Bienes) Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, con sede en Maracay, Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley declara CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto conjuntamente con Medida, seguida por la Sociedad Mercantil PEPSICO ALIMENTOS, S.C.A., contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa N° 0022-10, de fecha 20 de Enero de 2010, dictada por la Inspectoría del Trabajo de los municipios Sucre, Urdaneta, San Sebastian, Zamora, José Ángel Lamas, San Casimiro y Camatagua, con sede en Cagua del Estado Aragua. A tenor de lo establecido en los precitados artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, concatenado con el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Adm.....