DISPOSITIVA
Con fundamento en los razonamientos de hecho y de derecho 3 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley,
Primero: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto fecha 08-08-12, por la Abg. MARIA EVELINA LILIANA ARBOCCÒ, en su carácter de Defensora del ciudadano: JUAN JOSE CAMMARANO JAIMES, con fundamento en lo establecido en el artículo 447 numeral 1°, y 5º del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la Decisión dictada por la Juez décimo segundo (12°) de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, a cargo de la Abg. AURA GONZÀLEZ, en fecha 01 de Agosto de 2012, mediante la cual NIEGA la solicitud de entrega de un vehículo automotor, clase CAMIONETA, tipo SPORT WAGON, PLACA SBG55Z, MODELO gran Cherokee, marca JEEP, serial N° 8Y8HX58P681106600, año 2008, al ciudadano antes men.....