Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: CON LUGAR la RECUSACIÓN interpuesta por la abogada SUNLIGHT DIAZ BARRIOS en su carácter de apoderada judicial de CANAL POINT RESORT C.A. contra la abogada AURA MARIBEL CONTRERAS DE MOY, en su carácter de Juez a cargo del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con fundamento en el ordinal 15° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se le aparta del conocimiento del procedimiento de quiebra y solicitud de atraso seguido por Armando Ladislao Martínez Machado, Corina Margarita Steno y Constructora Anaco C.A. contra la compañía anónima Canal Point Resort.
Remítase copia certificada de la presente decisión a la juez recusada. En la oportunidad correspondiente remítase el expediente al Juz.....