DISPOSITIVA
En mérito de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control nro. 2, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: NIEGA POR IMPROCEDENTE LA REVISION DE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD al imputado: YUNIOR ALEXANDER CORDERO SEQUERA, titular de la cédula de identidad nro. 16.386.554.-
SEGUNDO: Todo de conformidad con el contenido de los artículos: 256 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes, imputado y víctima. Líbrese oficios. Regístrese, publíquese, cúmplase.