En razón de lo expuesto, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley emite los siguientes pronunciamientos:
Primero: ADMITE el recurso de apelación interpuesto el 11 de octubre de 2010, por los abogados ROBERT OCHOA SALAZAR y ANGIE CARFI URIBE, en sus condiciones de Fiscal Octogésimo del Ministerio Público con materia de Ejecución de Sentencia y Fiscal Auxiliar Octogésima del Ministerio Público en materia de Ejecución de Sentencian respectivamente, ambos del Área Metropolitana de Caracas, quienes recurren conforme lo dispuesto en el artículo 447 numerales 5 y 7 del Código Orgánico Procesal Penal, de la decisión dictada el 29 de septiembre de 2010, por el Juzgado Décimo de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual otorgó a la penada DANISSE MERCEDES PAEZ HERNANDEZ, libertad condicional como medida humanitaria, conforme a lo pautado.....