Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto en fecha 25 de mayo de 2000, por los abogados Luis Fraga Pittaluga, Mónica Vitoria Méndez y Mary Elba Díaz Colina, titulares de las cédulas de identidad Nos. 6.875.941, 10.339.954 y 11.270.347, respectivamente e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 31.792, 73.344 y 63.523, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la contribuyente ALUMINIO DE CARABOBO, S.A. (ALUCASA). En consecuencia, se CONFIRMA PARCIALMENTE la Resolución N° RCE-DSA-540-00-0000013, de fecha 24 de marzo de 2000, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Central del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), en los siguientes términos:
I) Se CONFIRMAN los montos actualmente expresados de D.....