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Como consecuencia de los elementos de hecho y fundamentos de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el la pretensión que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoara la Sociedad Mercantil INVERSIONES BIDEGAIN S.A. contra la ciudadana MARIA MARLENE DE ABREU, DECLARA: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 585, en concordancia con el ordinal 2° del artículo 588, y ordinal 6° del artículo 599, todos del Código de Procedimiento Civil, se decreta MEDIDA DE SECUESTRO, sobre el inmueble:
"Local Comercial situado en la Planta Baja, denominado como apartamento/local N° 01 del edificio "Txindoki", ubicado en la calle París, esquina con calle Nueva York de la Urbanización Las Mercedes, Municipio Baruta del Estado Miranda"
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmad.....