DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos arriba establecidos, es por lo que este Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la declara INADMISIBLE LA DEMANDA interpuesta por la ciudadana GISELA MARIA ORTUÑO en contra del ciudadano, DOMINGO PEREIRA SILVA, ambas partes plenamente identificadas en la presente decisión. En virtud de la naturaleza del fallo no ha lugar a especial condenatoria en costas.-
PUBLIQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.-
Dada y firmada en la sala de Despacho de este Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los cinco (05) días del mes de diciembre de 2007, años 197° de la Independencia y 148° de la Federación.-
LA JUEZ,
Abg. FLOR de MARÍA BRICEÑO BAYONA
LA SECRETARIA,
Abg. DAYANA PARODI
En esta misma fecha, siendo la Una y Veinte de la tarde (1:20 p.m.) se public.....