este Juzgado Superior Sexto Contencioso Tributario de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PRESCRITA LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA contenida en el Recurso Contencioso Tributario interpuesto subsidiariamente al jerárquico, en fecha primero (01) de noviembre de mil novecientos noventa y nueve (1999), por ante la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Centro Occidental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), por el ciudadano MHANA GHOUES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V- 12.943.554, en su carácter de representante legal de la recurrente MUEBLERIA EL BARBARO, S.R.L., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha veinticinco (25) de octubre de mil novecientos noventa y uno (1991), bajo el N° 60, Tomo 3-A, debidamente asistido por el abogado EFREN L. CARIPÁ C., venezolano, mayor de edad, abogado en .....