DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Homologado el Desistimiento realizado por la Abogada VESTALIA QUIROS, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora Sociedad Mercantil INVERSIONES MIRWETT, C.A., de fecha Treinta y Uno (31) de Enero de Dos Mil Ocho (2008), de conformidad con lo establecido en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, por lo cual se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.-
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 266 ejusdem, el demandante no podrá volver a proponer la demanda antes de que transcurran noventa (90) días.-
TERCERO: Se ordena la devolución de los documentos originales consignados junto al libelo, una vez consten en autos los f.....