Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la recusación propuesta el 15 de noviembre del 2011 por el abogado FELIX MANUEL CHAURAN OCHOA, actuando en su carácter de co-apoderado judicial de la ciudadana JUANA MARTINA PINCASY BAQUE, contra el Dr. LUIS ERNESTO GÓMEZ SÁEZ, Juez del Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con base al ordinal 17 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, se le impone a la parte recusante una multa por la cantidad de DOS BOLÍVARES (Bs.2,00), por no ser la recusación criminosa, a favor de la Tesorería Nacional; en consecuencia, deb.....