En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara, CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en la presente querella interpuesta por los abogados José Luís Trujillo Suárez y William Roberto Sequera E., Inpreabogado Nros. 75.236 y 47.106, respectivamente, actuando como apoderados judiciales del ciudadano FRANKLIN ANTONIO VANEZCA TORRES, titular de la cédula de identidad Nº 6.349.680, contra el Acto Administrativo de Destitución, contenido en la Providencia Administrativa Nº 0230, dictada en fecha 23 de junio de 2011 por la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA (MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA - SERVICIO AUTÓNOMO DE REGISTROS Y NOTARIAS (SAREN)).