este Juzgado Sexto (6°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Publíquese y regístrese la presente decisión. Año 211º y 163º.
La Jueza
Abg. Mirianky Zerpa Francia
El Secretario
Abg. Luís Rosales
En la misma fecha se dictó, publicó y diarizó la presente decisión. En la sala del Juzgado Sexto (6°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. El día (06) de febrero de 2023. Años 212 ° y 163°.
El Secretario
Abg. Luís Rosales