SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer la demanda intentada por el abogado ADELIS HONORIO OCANTO OCANTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 19.947, en contra de los ciudadanos Omar de Jesús Contreras Vitoria, Mario José Navas Jiménez, Venancio Hernández, Salustriano Victoriano Pérez, Pedro Eladio Navas Herrera y Miguel Ángel Zapata Vielma. En ese sentido, este tribunal DECLINA la competencia de la presente demanda conforme a lo previsto en el Artículo 22 de la Ley de Abogados, considerando como competente para ello, a los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil del Área Metropolitana de Caracas, por lo que se ordena:
PRIMERO: Remitir el expediente a la jurisdicción civil de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas a los fines de que conozca de la presente causa.
SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil se ordena dejar copia certificad.....