Este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y muy especialmente por el artículo 651 del Código de Procedimiento Civil, declara firme el decreto intimatorio, condenando al demandado a pagar las siguientes cantidades: A) La suma de VEINTICINCO MILLONES QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 25.500.000,00), en que estimaron sus honorarios los abogados, y cuya cantidad fue declarada con lugar en sentencia de fecha 09/02/2017 y aclarada en fecha 14/02/2017. Téngase el mismo como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. En consecuencia se le concede al demandado un lapso de Cinco (05) días de despacho para que dé Cumplimiento Voluntario, de conformidad con lo previsto en el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil.