Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Sexto Superior Laboral del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara: Primero: El Decaimiento de la Acción por Falta de Impulso Procesal, en el recurso interpuesto por la entidad de trabajo PEPSICOLA DE VENEZUELA, C.A., Certificación de Enfermedad Ocupacional dictada por Gerencia Estadal De Seguridad Y Salud De Los Trabajadores Distrito Capital Y Estado Vargas "María Alejandra Bolívar" (GERESAT -Distrito Capital Y Vargas) Del Instituto Nacional De Prevención, Salud Y Seguridad Laborales (Inpsasel), de fecha 16 de agosto de 2017 y notificada en fecha 08 de marzo de 2018. Segundo: Dada la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas. Tercero: Se ordena notificar a la parte recurrente de la presente decisión mediante boleta de notificación, al beneficiario del acto administrativo.....