Con fundamento en las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario, decide:
PRIMERO: Se ADMITE, cuanto ha lugar en derecho, recurso contencioso tributario, interpuesto el 18 de febrero de 2008, por la sociedad mercantil "FORD MOTOR DE VENEZUELA, S.A.", en contra de la Resolución No. 000275, de fecha dieciocho (18) de diciembre de 2007, emanada de la Gerencia de Fiscalización del Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (BANAVIH), notificada a la contribuyente en fecha trece (13) de febrero de 2008, mediante la cual ratifica en todas sus partes la fiscalización realizada mediante el Acta de Fiscalización No. 1, de fecha diecinueve (19) de septiembre de 2007, en la cual la Gerencia de Fiscalización del Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (BANAVIH), determinó una cantidad de BOLÍVARES FUERTES OCHOCIENTOS NOVENTA Y UN MIL TRESCIENTOS OCHO CON SETENTA Y CUATRO CÉNTIMOS (Bs.F: 891.308,74), por los períodos fiscalizados desde el añ.....