Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha tres (3) de diciembre de de dos mil trece (2013), por la abogada MIRTHA GUTIERREZ ya identificado, en su condición de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil MONTO SEGURIDAD, C.A., parte actora en el proceso, en contra de la decisión pronunciada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, el día veinticinco (25) de julio de ese mismo año, que declaró con lugar, la cuestión previa contenida en el ordinal 9º del artículo 346 del Código de procedimiento Civil, opuesta por la representación judicial de la parte demandada, SUPERC.....