DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, esta Sala Ocho de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: DECLARAR PARCIALMENTE CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la Abogada YEXSIL CABRERA GONZALEZ, en su carácter de defensora de los ciudadanos LUCIANO ELÍAS ACOSTA SILVA Y ABDON ALEXANDER QUEVEDO SILVA.
SEGUNDO: CONFIRMA LA SENTENCIA dictada por el Juez (Unipersonal) Segundo de Primera Instancia en función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en fecha 12-01-07, mediante la cual condeno a los acusados LUCIANO ELÍAS ACOSTA SILVA Y ABDON ALEXANDER QUEVEDO SILVA, a cumplir la pena de CATORCE (14) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por encontrarlo culpable de la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1° del Código Penal; .....