DECISIÓN
Por las motivaciones que anteceden, este Tribunal Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: HOMOLOGADA la transacción celebrada por las partes en la demanda intentada por el ciudadano VILMA CONTRERAS RUS contra la Sociedad Mercantil "WAVE PRODUCTIONS, C.A.", ambas partes debidamente identificadas en los autos. No hay condenatoria en costas conforme al parágrafo único del artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. SEGUNDO: Se ordena el cierre y archivo del presente expediente una vez transcurrido lapso para ejercer recursos en contra de la presente decisión, el cual comenzará a correr a partir del día de hoy -exclusive- ASI SE ESTABLECE.
Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada d.....