declara INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el abogado JESÚS ENRIQUE DURÁN HERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 22.917, actuando en su carácter de apoderado judicial del Fondo de Comercio BAR RESTAURANT CAPRI CASSANOVA, F.P., firma personal domiciliada en la ciudad de Caracas, constituida por documento inscrito en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 15 de diciembre de 1993, bajo el Nro. 52, Tomo 9-B-Pro., cuyas últimas modificaciones se registraron en el referido Registro Mercantil, en fecha 29 de diciembre de 1993, bajo el Nro. 90, Tomo 5-C-Pro., y en fecha 04 de abril de 1995, bajo el Nro. 18, Tomo 7-B-Pro., contra la Superintendencia Municipal de Administración Tributaria (SUMAT), Municipio Libertador del Distrito Capital.