Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por diferencia de prestaciones sociales interpuesta por la abogada NILIA VELASQUEZ, antes identificada, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano OMAR ANTONIO FERNANDEZ HUGUET, también identificado, contra el Ministerio de Educación y Deportes (hoy Ministerio del Poder Popular para la Educación). En consecuencia:
PRIMERO: Se ordena al ente querellado proceda a reintegrar la cantidad de un millón sesenta y dos mil novecientos veintiocho bolívares con setenta y ocho céntimos (Bs. 1.062.928,78), por concepto de Anticipos de Fideicomiso, en consecuencia se ordena realizar el recalculo de las prestaciones sociales del querellante y sus respectivos intereses incluyendo en el capital el monto descontado por concept.....