declara:
1.- ADMITE el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con suspensión de efectos, por las abogadas NANCY MARISELA BERMÚDEZ PUCCINI y MARCIA J. MADRID BELLORIN, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 85.484 y 75.095, respectivamente, actuando en su carácter de apoderadas judiciales de la Sociedad Mercantil SERVICIOS NORAM, C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 02 de abril de 2001, bajo el Nro. 79, Tomo 59-A Sgdo, contra la Providencia Administrativa Nro. 156-04, de fecha 15 de enero de 2004, dictada por la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital Municipio Libertador, la cual declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoada por el ciudadano PEDRO GARCÍA ALVARADO, portador de la cédula de Identidad Nro. 13.530.791.
2.- NIEGA la suspensión de los efectos solicitada.
En consecuencia, se ordena citar a la Procurad.....