CUARTO: En consecuencia, cumplidos tales extremos, este Juzgado Superior Primero, ADMITE el recurso de Casación anunciado por el abogado PUBLIO DAVID ROJAS VALDERRAMA, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante diligencia de fecha 20.07.2012, haciendo constar que el último de los diez (10) días que se dan para el anuncio lo fue el día 03 de agosto de 2012.- Y ASI SE DECIDE.-
Se deja expresa constancia (i) que los folios 01, 05, 16, 76 al 85, 90 al 108, 110, 146, 147, 160, 161, 163 al 196, 221 al 287, 364, 375 al 387, 392, 393, 460, 500 al 590 de la primera pieza y el folio 18 de la segunda pieza del expediente, se encuentran tachados y presentan enmendaduras; (ii) que las foliaturas que no han sido testadas son totalmente válidas.
Remítase, con oficio, el presente expediente a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia. Líbrese oficio.-
LA JUEZ
DRA. INDIRA PARÍS BRUNI
LA SECRETARIA
ABOG. MARIELA ARZOLA PADILLA
En esta misma fe.....