Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado MIGUEL DE AZEVEDO apoderado Judicial de la parte demandada contra el fallo dictado el 16 de enero del 2013 por el Juzgado Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: SIN LUGAR la prescripción de la acción alegada por la parte demandada.
TERCERO: CON LUGAR la pretensión de cobro de bolívares por daños materiales intentada por la ciudadana CARMEN AIDA RIVILLO CALATRABA contra las ciudadanas SASKIA MARIA CHAPELLIN LESEUR y CLAUDIA NAGEL CHAPELLIN, en consecuencia se ordena a la parte demandada a pagar a la accionante la cantidad de CINCUENTA Y SIETE MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. 57.00.....