En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE CONVERSIÓN DE SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES, EN DIVORCIO, solicitada por los ciudadanos: JOSE ANTONIO FERREIRA RIBEIRO y DEISY CAROLINA DE DIAS GONCALVEZ, venezolanos, cónyuges, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-15.023.160, y V-14.965.352, respectivamente, en ese orden.-
En consecuencia, se DECLARA DISUELTO EL VINCULO CÓNYUGAL existente entre ellos, contraídos en fecha 07 de noviembre de 2003, ante Primera Autoridad Civil del Municipio Los Salias, San Antonio de los Altos, del Estado Miranda, según consta en los libros de REGISTRO DE MATRIMONIO al ACTA N°: 167.-