Por los razonamientos precedentemente expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de INSERCION DE ACTA DE DEFUNCION del ciudadano WRALLAN JOSE GERDEL RIVERO y en consecuencia se ordena insertarlo en los Libros de Registro Civil de Defunción del Municipio Sucre del Estado Miranda. Líbrense las copias certificadas correspondientes, y una vez consten en autos los fotostatos consignados por el solicitante, remítanse anexas a oficios a las autoridades competentes, a fin de que de acuerdo a lo establecido en los artículos 773 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 502 del Código Civil vigente, procedan a estampar las correspondientes notas marginales correspondientes.-