Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación intentado por la Abogada YOLEIDA ROJAS, en su condición de apoderado judicial de la parte actora ciudadanos EDMUNDO MALDONADO DUARTE y BERTA JOSEFINA CARDOZO DE MALDONADO, contra la sentencia dictada en fecha 11 de enero de 2010, en el que se declaro sin lugar la demanda de Resolución de Contrato Promesa de Venta, proferida por el Juzgado Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda de Resolución de Contrato de Promesa de Venta, interpuesta por los ciudadanos EDMUNDO MALDONADO DUARTE y BERTA JOSEFINA CARDOZO DE MALDONADO, contra los ciudadanos MARÍA ROMELÍA CABALLERO y VICTOR ALEJO.....