DISPOSITIVA
Con fuerza en los fundamentos anteriormente expuestos, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PRIMERO: HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO DEL RECURSO DE APELACIÓN, incoado por los profesionales del derecho JESÚS ORANGEL GARCÍA, JOSÉ ANTONIO SOJO QUIARO y EDILSON CONTRERAS DIAZ, actuando en defensa de los de los ciudadanos JOSE RAMON GIMENEZ CLEMENTE, JOSE GRAGORIO HERRERA HERNANDEZ, GREGORY ALBERTO TORRES SEJOR y OMAR ARTURO FERNANDEZ VASQUEZ, en contra de la decisión dictada en fecha 22 de julio de 2015, por el Juzgado Trigésimo Noveno (39°) de Control de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal, mediante la cual decreto medida de privación judicial preventiva de libertad en contra de sus asistidos, de conformidad con lo establecido en los artículos 236 numerales 1, 2 y 3, en relación al artículo.....