DISPOSITIVO
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la recusación interpuesta en fecha veinte (20) de julio de dos mil diecisiete (2017), por el abogado OSWALDO ANTONIO ABLAN HALLAK, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra el Dr. MIGUEL ÁNGEL FIGUEROA, Juez Octavo de primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, fundamentada en el ordinal 15º del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO sigue el ciudadano OMAR MAZZEI RIVAS, contra la sociedad mercantil TINTORERIAS ECOLOGICAS INCREIBLE UNIVERSO C.A.
SEGUNDO: Líbrense los oficios acordados en la decisión al.....