Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: SE CONFIRMA la decisión sometida a consulta, dictada el 11 de noviembre de 2021, por el Juzgado Noveno de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró la desafectación del hogar constituido. SEGUNDO: Se declara la DESCONSTITUCIÓN DEL HOGAR, que fue constituido a favor de la ciudadana CLARA EGLE PÉREZ VALDIVIESO, ampliamente identificada en el encabezado del presente fallo, sobre el bien inmueble consistente de un apartamento distinguido con el número y letra 1-C, situado en el Piso 1 del Edificio "PORTAL LAS CUMBRES I, ubicado en la parcela de terreno distinguida con la letra "D, la cual forma parte de la U.....