PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano MAREL RAFAEL CUMANA, titular de la Cédula de identidad Nº 10.297.859, venezolano, natural de Barcelona Estado Anzoátegui, nacido en fecha 27-11-66, de 39 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio obrero, residenciado en la urbanización Troconal Segundo, Calle La Línea, Casa Nº 53, Barcelona, Estado Anzoátegui e hijo de ESTHER DEL CARMEN CUMANA (F) y de LUIS BELTRÁN GARCIA (V), de los cargos por el delito de ROBO GENERICO; previsto y sancionado en el artículo 457, del Código Penal vigente para el momento de los hechos, le imputara el Estado Venezolano a través de la acusación interpuesta por las DRAS. TABATHA LOREDANO SANTANA GALAVIS y CARMEN BRIGIDA LOPEZ, en su carácter de Fiscal del Ministerio Público Para El Régimen Procesal Transitorio del Área Metropolitana de Caracas, de los hechos ocurridos en fecha 10-03-95, en agravio de la ciudadana LOURDES MARIA MESA CUBAS, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 365 y 366, ambos del Códi.....