Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara PROCEDENTE la suspensión de efectos solicitada por la abogada Marisol Da Vargem Da Silva, actuando como apoderada judicial del ciudadano OMAR FARIAS LUCES, contra la Resolución Nº 021 dictada en fecha 8 de marzo de 2006 por la Alcaldía del Municipio Chacao del Estado Miranda, en la que declaró SIN LUGAR el recurso jerárquico interpuesto por el mencionado ciudadano, contra la Resolución Nº 00086 de fecha 24 agosto de 2004, dictada por la Dirección de Ingeniería Municipal del Municipio Chacao del Estado Miranda.
SEGUNDO: Se suspenden los efectos del acto administrativo contenido en la Resolución Nº 021 dictada en fecha 8 de marzo de 2006 por la Alcaldía del Municipio Chacao del Estado Miranda, pero sin que tal s.....