En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario, de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara PRESCRITAS LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS exigidas por la Administración General del Impuesto Sobre la Renta (hoy Ministerio del Poder Popular para las Finanzas) al contribuyente MOUSSA ALI HAMZE, libanés, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 487.830, con la Resolución No. HIR-900-037, de fecha 26-01-1977, con la cual se niega oír el recurso de reconsideración declaró sin lugar el Recurso de Reconsideración Administrativo, interpuesto contra las planillas de liquidación complementarias de Impuesto Sobre la Renta Nº 3A-57883 de fecha 14-12-1971, por Bs.38.838,53,8 (actualmente Bs. F 38,84) Nº 9A-57883 de fecha 14-12-1971, por Bs. 38.088,00, (actualmente Bs. F 38,09) Nº 3A-57884 de fecha 14-12-1971, por Bs. 15.021,85 (actualmente 15,02) y Nº9A-57883 de f.....