DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: HA LUGAR EN DERECHO la pretensión a cobrar honorarios judiciales por parte del abogado GILBERTO LEON ALVAREZ, abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 131.310, de este domicilio, quien actúa en la presente causa en nombre propio y en representación de sus derechos, contra la SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES 747, C.A. Inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo del Estado Lara, en fecha 16 de febrero de 2006, Bajo el Nro. 28, Tomo 13-A, representada por su Presidente ciudadana MARIA MERCEDES FERNANDEZ MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro.V-9.542.242 de este domicilio. SEGUNDO: En consecuencia, sobre el monto global intimado, a saber SEIS MILLONES TRESCIENTOS MIL BOLÍV.....