Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conforme a lo establecido en los artículos 12, 243 y 244 del Código de Procedimiento Civil; 26, 257 y 49 ordinal 1º de la Carta Magna, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
Primero: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha 15 de noviembre de 2018, por la abogado Raquel Mendoza de Pardo actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada en fecha 26 de octubre de 2018 por el Juzgado Décimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Segundo: SE CONFIRMA la decisión de fecha 26 de octubre de 2018 por el Juzgado Décimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Á.....