En razón de lo expuesto, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la sociedad mercantil LICORES ARAGUANEY 2001, C.A., contra la Resolución de Sanción SERMAT-ADMC-CS-IDF-TEBA-2007-0468, notificada a la recurrente en fecha 06 de septiembre de 2007, mediante la cual se le exige el pago de la cantidad de CINCO MILLONES OCHENTA Y DOS MIL BOLÍVARES EXACTOS (Bs. 5.082.000,00) (Bs. F. 5.082,00), correspondiente a la tasa por concepto de renovación y traspaso de la licencia de licores, concerniente al período fiscal 2005 y 2006, y se le impone una multa por la cantidad de Treinta Unidades Tributarias (30 U.T.), con fundamento en el numeral 2 del Artículo 10 de la Ley de Timbre Fiscal.