(...) Vista la anterior OFERTA REAL DE PAGO y sus recaudos, presentada por el apoderado judicial de la parte Oferente SODEXHO VENEZUELA ALIMENTACION Y SERVICIOS C.A., este Juzgado Trigésimo (30°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Caracas, en vista de no existir un procedimiento específico para tal efecto y de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con el artículo 124 ejusdem, la admite cuanto ha lugar en derecho, así mismo, vistos los escritos de Transacción de fecha (21) de diciembre de 2010, presentado por los ciudadanos KLEIDY SUAREZ, MARIELBA CARRASQUEL, IRVING FERRER y WILLIAN SILVA titulares de la cédula de identidad números 17.860.941, 12.034.674, 13.930.610 Y 19.773.106, respectivamente en su carácter de partes oferidas, debidamente asistidos por el abogado MIGUEL MEDINA, inscrito en el IPSA bajo el N° 135.375, y el apoderado judicial de la parte oferente, abogado SIMON JURADO-BLANCO, inscrito en el IPS.....