Este Juzgador considera que los motivos expuestos por la parte recusante en el escrito de Recusación son débiles sin fundamento alguno, por cuanto no tengo interés en las resultas del proceso ya que no me une con ninguna de las partes amistad, enemistad o cualquier otro tipo de lazo que pueda afectar mi imparcialidad en la decisión del caso, en atención a lo cual no se me puede censurar por el respeto de la Constitución Nacional y Leyes de la República a conveniencia de cualquiera de las partes ni colocar mi actuación en tela de juicio, ideando la concurrencia de las causales establecidas en el artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, con el propósito de obtener mi separación del conocimiento del presente asunto.
Con base a los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, solicito a la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal declare SIN LUGAR la Recusación en mi contra, intentada por el ciudadano GRITZCO TERÁN, titular de la cédula de identidad V-(...).
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