PARCIALMENTE CON LUGAR el presente recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la ciudadana EMMA ROSA TROYA FLORES, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-9.488.596, debidamente asistida por la abogada Yesika Eumelia Sojo Hernández, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 205.322, contra el MUNICIPIO BOLIVARIANO GUAICAIPURO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA por órgano de su CONTRALORÍA MUNICIPAL, en consecuencia:
1. Se declara Válido el acto administrativo contenido en la Resolución Nº 009-2014, de fecha 24 de febrero de 2014, tal y como se estableció en la motiva del presente fallo.
2.- Se ordena la reincorporación de la querellante en situación de disponibilidad por el periodo de un (01) mes a fin de que se realicen las gestiones reubicatorias en el organismo querellado o cualquier otra dependencia de la Administración Pública en el último cargo de carrera ejercido o uno similar o de superior nivel y re.....