DISPOSITIVO
Por las razones y consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida el día veintitrés (23) de febrero de dos mil dieciséis (2016), por el ciudadano ALBERTO CELIS GUALIS, en su carácter de parte querellante, debidamente asistido por el abogado PEDRO ALVARADO, Inpreabogado Nº 123.525, contra la sentencia dictada en fecha treinta (30) de noviembre de dos mil quince (2015), por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Queda CONFIRMADO el fallo apelado en todas y cada una de sus partes.
SEGUNDO: SIN LUGAR la querella INTERDICTAL DE AMPARO por PERTURBACIÓN interpuesta por el ciudadano ALBERTO CELIS GUALIS con.....