En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Tribunal Vigésimo Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: CON LUGAR la solicitud de CONVERSIÓN de separación de cuerpos en divorcio, de los ciudadanos YULIENNY NAYBETH YEPEZ y DANIEL DAVID DOMINGUEZ MORAN, antes identificados, declarada en fecha 15 de noviembre de 2016 y en consecuencia, DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído en fecha 19 de diciembre de 2013, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Maiquetía del Municipio Vargas del Estado Vargas, Acta N° 289.