DECISIÓN
Con fundamento en los razonamientos antes señalados, este Tribunal Superior Décimo en lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley:
1.- Se ABOCA al conocimiento de la presente causa y OTORGA a las partes un lapso de cinco (5) días de despacho para ejercer su derecho de recusación.
2. OTORGA un plazo de treinta (30) días continuos contados a partir de la oportunidad en que transcurra el lapso de cinco (5) días de despacho a que se refiere el punto anterior, los cuales comenzarán a computarse a partir de que conste en autos la notificación de las partes, en el entendido que transcurrido dichos lapsos sin que la accionante manifieste su interés, este Tribunal Superior declarará extinguida la acción por pérdida del interés.
Publíquese, regístrese y notifíquese a las partes. Cúmplase lo ordenado.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativ.....