Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en la pretensión que por EJECUCIÓN DE HIPOTECA incoara la institución financiera BANCO PLAZA, C.A. BANCO UNIVERSAL, contra los ciudadanos JOSÉ ANTONIO YOUSSIF JERAIS y ZULAY YABBOUR DE YOUSSIF, ampliamente identificados al inicio, DECLARA: La extinción de la obligación de conformidad con lo establecido en el artículo 1283 del Código Civil..-