´DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Vigésimo Segundo (22º) de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundamentado en el artículo 185 del Código Civil, en concordancia con la sentencia 1070 Dictada por La Sala Constitucional Del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 09 de diciembre de 2016, formulada por el ciudadano SILVERIO SEGOVIA TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-18.359.471, contra la ciudadana SHATAWNA LEE TODD, Estado Unidense, mayor de edad, titular del pasaporte Nº 569709094.
SEGUNDO: En consecuencia, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por los cónyuges en fecha 09 de enero de 2009, por ante la Autoridad Civil del Municipal Chacao del estado Bolivariano de Miranda, según consta.....